Calidad de vida urbana y el derecho a la ciudad
Es bien conocido por todos que la expansión de la mancha urbana en las ciudades modernas ha ocasionado la pérdida de la calidad de vida de muchos de sus habitantes, tal es el caso hoy de Monterrey. La expansión en las periferias de la ciudad ha sido uno de los factores causales de una grave disrupción en los estilos de vida de sus habitantes y que, para muchas familias e individuos, resulta hoy un modo de vida ya insostenible.
En las últimas décadas y particularmente a inicios del siglo XXI han surgido diversas propuestas de modelos de planeación urbana de las ciudades que buscan distanciarse de los modelos urbanos basados en la definición de grandes zonas urbanas con un solo uso y que las diferencian en regiones geográficas de un solo uso programático: industrial, residencial, comercial, etc. Entre estas nuevas tendencias urbanas están el llamado Nuevo Urbanismo, las Comunidades Sostenibles y otras más que han influido en la forma en que los arquitectos, autoridades y ciudadanos buscan constituir las ciudades, principalmente a base de ideas y de algunas pocas y limitadas acciones.
Recientemente también ha surgido el tema de que los habitantes de las ciudades tenemos lo que se ha llamado el “derecho a la ciudad” y que tiene su origen en el pensamiento del filósofo y sociólogo Henri Lefebvre
y que surgió paralelo a los movimientos de 1965-68 del siglo pasado. El concepto del derecho a la ciudad se menciona recientemente en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la cual tiene injerencia a nivel nacional y rige sobre los planes urbanos estatales y municipales del país.
Originalmente Lefebvre planteó el concepto del derecho a la ciudad “como una alternativa a la enajenación y despolitización que presentaba el urbanismo moderno”, en la época de la posguerra y la reconstrucción de las ciudades europeas. Hoy, el concepto de este derecho a la ciudad ha sido reinterpretado por diversos autores, entre ellos destaca el geógrafo estadounidense y autodenominado urbanista David Harvey, quien definía este derecho a la ciudad como “el poder de configuración sobre los procesos de urbanización, sobre las formas en que se construyen y reconstruyen nuestras ciudades”, decía que esto debería ser hecho “de una manera fundamental y radical mediante procesos que no sean medidos por el capital sino por el bien común de los ciudadanos”, lo cual, en teoría, permitiría también reconstruir nuestro concepto de ciudadanía.
Dentro de este contexto hay dos aspectos que resultan muy importantes para poder lograr eventualmente tener un mejor derecho a la ciudad y ciudadanía, y que conllevan acciones ciudadanas: (1) la participación y (2) la legalidad en materia urbana.
En el primer aspecto, la participación, se considera en términos generales que esta consiste en que nuestras opiniones sean escuchadas por las autoridades. Sin embargo, la verdadera participación en materia urbana engloba aspectos que nos atañen a todos los ciudadanos en forma también cotidiana. La participación ciudadana va más allá de opinar, es también la cultura de cómo los individuos construimos nuestra ciudad con nuestras acciones: manejar despacio y con cuidado, de utilizar el automóvil de forma racional y buscar otros medios de transporte, respetar al peatón y al ciclista, etc. Es decir, es el construir el entorno urbano que queremos con un mejor actuar. Además, una mayor y mejor participación urbana de todos puede lograr que se recupere la confianza de la ciudadanía, en las autoridades y en la gestión de la ciudad en materia urbana.
Respecto al segundo aspecto, la legalidad habla de que como ciudadanos conozcamos nuestros derechos y obligaciones en materia urbana, de que paguemos nuestros impuestos y otorgamos contribuciones a la ciudad y a la comunidad en la que vivimos. No será posible crecer a tener una mejor ciudad solo con ideas y acciones, también se requerirán recursos y aportaciones por igual y de todos.
Un reciente modelo de hacer ciudad que engloba ambos principios es la creación de distritos urbanos en Monterrey que el Plan de Desarrollo Urbano (2013-2025) de este mismo municipio contempla. El establecimiento de estas zonas de afinidad urbana abre, paradójicamente, la posibilidad a lograr una mayor diversidad en nuestra ciudad en radios y zonas relativamente próximos y manejables, tanto en transporte público como en movilidad peatonal. Los distritos prometen, a su vez, la posibilidad de lograr una proximidad de estilo de vida urbana de la que hoy muchos carecemos en esta ciudad.
El incluir la participación y obligaciones de los habitantes de las comunidades agrupadas por los distritos urbanos que se establezcan en nuestra ciudad hará que la afinidad de ideales y metas de los mismos se logre, mientras que la aplicación de legislación y cumplimiento de obligaciones fiscales puede mantener sanos los distritos en materia de infraestructura y mejoras urbanas.