Sapiens: ¿Qué tan protegidos estamos en internet?

En abril de 2021 se hizo público que, en algún momento en agosto de 2019, números de teléfono, direcciones de correo electrónico, nombres completos y fechas de nacimiento asociadas a 533 millones de usuarios de Facebook en 106 países fueron reveladas en una base de datos pública. La red social afirmó una vulneración a sus sistemas, pero la información reveló que la filtración de datos había sido mucho más grave —en México fueron más de 13 millones de usuarios afectados—. ¿Cómo estamos protegidos de acontecimientos como este? ¿Qué podemos hacer?

De entrada, es importante recordar que la Constitución Mexicana garantiza en el Artículo 6o tanto el derecho de acceso a tecnologías de comunicación (internet, por ejemplo), como nuestro derecho a la privacidad y protección de datos personales; en nuestro país tenemos organismos que nos permiten ejercer derechos tendientes a la protección de nuestra información cuando esta se ve vulnerada, como el INAI (Instituto Nacional de Acceso a la Información, Transparencia y Protección de Datos Personales).

Sin embargo, a pesar de que dichos derechos no dejan de existir en el ámbito digital, nos encontramos ante una doble problemática para la defensa de los mismos: el primer aspecto a considerar es que, si bien es cierto que las leyes tienen un ámbito de aplicación territorial, limitado por las fronteras de un país, o en caso de un tratado internacional, por las fronteras del conjunto de países que lo hayan ratificado, en internet no existen las fronteras, y por lo tanto la sujeción a los ordenamientos legales de un país se encuentra condicionada a una serie de factores.

El ejemplo de Facebook es ideal para explicar la problemática que representa la ubicación física de las empresas de social media y la territorialidad de las leyes. Supongamos que fuiste uno de los afectados por la fuga de datos de Facebook en México, y acudes al INAI para hacer valer la protección de tus datos personales.

Este, al proceder con la reclamación en defensa de tus derechos en contra de Facebook, será informado que, como usuario mexicano, accediste a los términos y condiciones de uso de la plataforma, y que, como parte de esos términos, accediste a que cualquier reclamación se sujetara a la jurisdicción del país donde se encuentra la filial de Facebook con quien suscribiste el acuerdo, que es en… Irlanda. Lo que significa que, si el usuario afectado quiere hacer valer su reclamación, tendrá que hacerlo ante los tribunales irlandeses, lo que posiblemente le representará un gasto de tiempo y dinero que la mayoría no están dispuestos a realizar.

El segundo aspecto a considerar es la dificultad que muchas veces tienen los usuarios mexicanos de hacer respetar sus derechos en el ámbito digital. Ante la carencia de leyes especializadas para estos supuestos, muchas veces tienen que aplicarse por analogía ordenamientos existentes que dejan vacíos legales que generan incertidumbre jurídica para los usuarios de estas plataformas. Aun en el supuesto de acudir ante las instancias correspondientes y obtener un fallo favorable a sus intereses, en muchas ocasiones los derechos de los usuarios se ven coartados por la aplicación territorial de la legislación y el almacenamiento físico de la información de los mismos en otros países y no en territorio nacional.

La evolución legislativa que tecnologías como las redes sociales han provocado que, en nuestro país, contemos con normativa más adecuada a los supuestos actuales, a fin de garantizar los derechos y la seguridad de la población nacional. Cito como ejemplo la reforma que tuvo en su momento el Código Penal de Veracruz en el año 2011 por el caso de dos usuarios de Twitter que publicaron rumores de ataques a colegios y bancos de la entidad; también como ejemplo está la llamada Ley contra el ciber bullying, aprobada en Nuevo León en 2013, ante el incremento de medios electrónicos (redes sociales incluidas) como vías para el acoso de menores de edad; incluso, el conjunto de reformas a diversas legislaciones de varios estados del país, conocido como la Ley Olimpia, garantiza la protección del derecho a la privacidad e intimidad de las personas a través de medios digitales.

Todo esto trajo también como efecto la creación de cuerpos especializados en la materia, tales como la Policía Cibernética, parte de la Comisión Nacional de Seguridad, y sus equivalentes en algunos estados de la República. Sin embargo, ante fenómenos como la pandemia del COVID-19, donde más que nunca usamos herramientas tecnológicas para home office, entretenimiento en casa y compras de e-commerce, nos hemos dado cuenta de la importancia de contar con una legislación especializada que, si bien es cierto, no nos ayuda a regular todos los rincones de internet, sí nos ayuda a, como usuarios mexicanos, contar con un mayor grado de certeza respecto a qué ocurre con nuestros derechos y nuestra información en la red.

Nuestro país tiene mucho camino por recorrer para que nuestra legislación se encuentre al nivel de los retos que las tecnologías nos presentan actualmente. Esto también es una realidad en aquellos países que cuentan con un marco jurídico mucho más desarrollado para regular las nuevas tecnologías y su uso. Ante esto, es de suma importancia que, al interactuar a través de las diferentes instancias y medios que el mundo digital ofrece, siempre tengamos presentes las precauciones respecto a la información y su implicación más allá de la pantalla.

Debemos conocer más acerca de las políticas de uso de los sitios web en los que participamos y los derechos con los que contamos en nuestro país en el ámbito digital. En muchas ocasiones, la vulneración de nuestros datos personales está a un clic de distancia.